La magistrada Katia Gómez adoptó la decisión tras acoger un recurso de amparo presentado por la Federación Dominicana de Federaciones Patrióticas y la Fundación Manolo Tavárez Justo.
En su decisión, la magistrada prohibió cualquier actividad o iniciativa tendente a reivindicar la era de Trujillo.
Asimismo, la jueza pronunció el defecto de la librería Luna, que fue puesta en causa por vender el libro “Trujillo, mi padre”, de la autoría de la hija del tirano, Angelita Trujillo, por no haber comparecido al tribunal no obstante haber sido citada previamente.
El tribunal ordenó a la librería Luna y a cualquier otra abstenerse de la venta, reproducción y comercialización por cualquier medio del referido libro, al tiempo que la condenó al pago de un astreinte de 10 mil pesos por cada día que deje de cumplir la sentencia.
La magistrada Kathia Gómez ordenó además la ejecutoriedad de la sentencia, no obstante a cualquier recurso de la Fundación Trujillo que se interponga en contra del fallo.
De igual forma, rechazó las conclusiones incidentales presentadas por el abogado de la Fundación Trujillo, Euclides Garrido Corporán, quien había pedido al tribunal rechazar el recurso y que se le permitiera a la misma instalar en el país una filial y vender el libro.
El tribunal ordenó a la librería Luna y a cualquier otra abstenerse de la venta, reproducción y comercialización por cualquier medio del referido libro, al tiempo que la condenó al pago de un astreinte de 10 mil pesos por cada día que deje de cumplir la sentencia.
La magistrada Kathia Gómez ordenó además la ejecutoriedad de la sentencia, no obstante a cualquier recurso de la Fundación Trujillo que se interponga en contra del fallo.
De igual forma, rechazó las conclusiones incidentales presentadas por el abogado de la Fundación Trujillo, Euclides Garrido Corporán, quien había pedido al tribunal rechazar el recurso y que se le permitiera a la misma instalar en el país una filial y vender el libro.
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